- No sería recomendable reiniciar actividad de consultas externas de Neurofisiología Clínica durante mantenimiento del Estado de Alarma, que requiere el confinamiento de la población en general.
- Cuando las autoridades competentes lo indiquen, será recomendable comenzar el reinicio progresivo de las consultas externas de Neurofisiología Clínica en una primera Fase, en hospitales sin pacientes COVID-19 (“limpios”) o en hospitales con circuitos COVID-19 bien diferenciados, cuyas áreas de consultas externas estén fuera del circuito COVID-19, y siempre que las tendencias de la pandemia sean a la baja y así lo recomienden las autoridades competentes.
- El reinicio de las consultas externas en hospitales donde hay ingresos COVID-19o con áreas de consulta externas cerca del circuito COVID-19, dependerá de la evolución del número de los mismos en el hospital y de la progresión general de la pandemia en cada población adscrita a ese hospital y según recomienden las autoridades competentes.
- Iniciar consultas externas realizando una priorización individualizada de los pacientes, en función de sospecha clínica, complejidad y tiempo de realización de la prueba, que realizará el facultativo especialista en Neurofisiología Clínica a cargo de esa consulta de manera conjunta con el cargo intermedio responsable del Servicio de Neurofisiología Clínica.
- Priorización de pacientes para consultas externas de Neurofisiología Clínica en función de sospecha clínica:
- Debe cuidarse en extremo la posibilidad de acumulación de pacientes en las salas de espera, ajustando correctamente los tiempos de consulta y de ejecución de las pruebas.
- Respecto a las pruebas neurofisiológicas que impliquen ingreso hospitalario (Video-EEG de larga duración, videopolisomnografía por ejemplo), puede plantearse su reintroducción en la primera fase de desescalada en hospitales sin pacientes COVID-19 (“limpios”) o en hospitales con circuitos COVID-19 bien diferenciados, cuyas áreas de ingreso para la realización de estas pruebas estén fuera del circuito COVID-19, siempre que las tendencias de la pandemia sean a la baja y así lo recomienden las autoridades competentes. No deberían realizarse de momento estas pruebas, en hospitales que tengan pacientes COVID-19 ingresados y se reintroducirán según la evolución del número de los mismos en el hospital y de la progresión general de la pandemia en cada población adscrita a ese hospital. En cualquier caso, se valorará siempre de forma individualizada si el retraso en el diagnóstico o tratamiento del paciente, pueda producir un daño mayor al paciente, que la posible exposición al ambiente hospitalario controlado según estas recomendaciones.
- Los hospitales deberán poner a disposición de los facultativos, enfermería y personal auxiliar, todos los medios de protección necesarios (mascarillas preferentemente FFP2, guantes, batas, gorros y patucos de un solo uso; geles hidroalcohólicos; pantallas protectoras y batas plásticas, en caso necesario) para la realización de todas las pruebas diagnósticas neurofisiológicas y al menos mascarillas y guantes para los pacientes que acudan a realizarse las pruebas, así como al único acompañante que se podría admitir, en caso necesario (ej. padres de menores, acompañantes de discapacitados).
- Cada Servicio de Neurofisiología Clínica debe disponer de documentación específica sobre medidas de protección (profesionales y pacientes), así como de medidas de desinfección de equipos y material.
- Para reafirmar la seguridad de los pacientes que acudirán a las consultas externas, sería deseable disponer de un mapa de exposición a COVID-19 de los facultativos, enfermería y personal auxiliar, realizando los test diagnósticos COVID-19 pertinentes, antes de comenzar la actividad ambulatoria. Este mapa debe ser dinámico, de manera que, si un facultativo resulta negativo, se debería repetir los test de manera periódica.
Electroencefalografía:
Prioridad 1- Sospechas de crisis epilépticas de novo, descompensaciones de control de pacientes epilépticos, que no han requerido ingreso. Alteraciones subagudas (semanas/meses) de conciencia.
Prioridad 2- Control rutinario de pacientes con EEG, otros.
Electroneurografía – Electromiografía:
Prioridad 1- Cuadros clínicos de presentación aguda o subaguda, progresivos en semanas o 1-3 meses, en los que por la sospecha clínica, se puede intuir que el retraso en su diagnóstico o tratamiento, pueda producir un daño mayor al paciente que la posible exposición al ambiente hospitalario controlado según estas recomendaciones. Ej: dificultades respiratorios o síndromes bulbares que no han requerido ingreso, sospechas de enfermedades de placa neuromuscular que no han requerido ingreso, sospecha ELA, CIDP, mononeuritis múltiple, plexopatía, mononeuropatías traumáticas, miopatías inflamatorias, otras.
Prioridad 2- Cuadros de presentación crónica en varios meses o años, con síntomas leves, en los que el estudio electrodiagnóstico es confirmatorio del diagnóstico o tratamiento, pero cuyo retraso no resultará en un daño mayor al paciente que la posible exposición al ambiente hospitalario controlado según estas recomendaciones. Ej: Radiculopatías, polineuropatías longitud=dependiente, enfermedades neuromusculares con diagnóstico genético, pronóstico de la parálisis facial, otros.
Prioridad 3- Síndrome túnel del carpo.
Potenciales evocados:
Prioridad 1- Cuadros clínicos de presentación aguda o subaguda, progresivos en semanas o 1-3 meses, en los que por la sospecha clínica, se puede intuir que el retraso en su diagnóstico o tratamiento, pueda producir un daño mayor al paciente que la posible exposición al ambiente hospitalario controlado según estas recomendaciones. Ej: neuritis óptica, screening auditivo infantil, diagnóstico de trastornos visuales infantiles, sospechas de enfermedad desmielinizante, sospecha de mielopatías subagudas que no hayan requerido ingreso, otras.
Prioridad 2- Cuadros de presentación crónica en varios meses o años, con síntomas leves, en los que el estudio electrodiagnóstico es confirmatorio del diagnóstico o tratamiento, pero cuyo retraso no resultará en un daño mayor al paciente que la posible exposición al ambiente hospitalario controlado según estas recomendaciones. Ej- trastornos visuales, auditivos, somatosensitivos o motores crónicos.



