Recomendaciones SANFC sobre desescalada

RECOMENDACION SANF DESESCALADA

Escrito por SANFC

1 agosto 2020

Teniendo en cuenta que los pacientes con patología urgente e ingresados en hospitales que han requerido la realización de pruebas neurofisiológicas, han accedido a ellas durante la pandemia sin restricciones y dadas las especiales características de las pruebas neurofisiológicas (Electroencefalografía, Electroneurografía-Electromiografía, Potenciales Evocados, Video-EEG, Polisomnografía), en cuanto a tiempo empleado en la ejecución de la pruebas – mínimo de media hora, hasta hora y media; y a la proximidad física del facultativo y los pacientes y dado que uno de los principales focos de contagio de esta pandemia ha sido nosocomial, consideramos que para realizar una desescalada segura del periodo de cese de actividad de consultas externas, debido al confinamiento durante la pandemia COVID-19, en los Servicios de Neurofisiología Clínica de Andalucía, deberían tenerse en cuenta las siguientes recomendaciones:

  1. No sería recomendable reiniciar actividad de consultas externas de Neurofisiología Clínica durante mantenimiento del Estado de Alarma, que requiere el confinamiento de la población en general.
  2. Cuando las autoridades competentes lo indiquen, será recomendable comenzar el reinicio progresivo de las consultas externas de Neurofisiología Clínica en una primera Fase, en hospitales sin pacientes COVID-19 (“limpios”) o en hospitales con circuitos COVID-19 bien diferenciados, cuyas áreas de consultas externas estén fuera del circuito COVID-19, y siempre que las tendencias de la pandemia sean a la baja y así lo recomienden las autoridades competentes.
  3. El reinicio de las consultas externas en hospitales donde hay ingresos COVID-19o con áreas de consulta externas cerca del circuito COVID-19, dependerá de la evolución del número de los mismos en el hospital y de la progresión general de la pandemia en cada población adscrita a ese hospital y según recomienden las autoridades competentes.
  4. Iniciar consultas externas realizando una priorización individualizada de los pacientes, en función de sospecha clínica, complejidad y tiempo de realización de la prueba, que realizará el facultativo especialista en Neurofisiología Clínica a cargo de esa consulta de manera conjunta con el cargo intermedio responsable del Servicio de Neurofisiología Clínica.
  5. Priorización de pacientes para consultas externas de Neurofisiología Clínica en función de sospecha clínica:
  6. Electroencefalografía:

    Prioridad 1- Sospechas de crisis epilépticas de novo, descompensaciones de control de pacientes epilépticos, que no han requerido ingreso. Alteraciones subagudas (semanas/meses) de conciencia.

    Prioridad 2- Control rutinario de pacientes con EEG, otros.

    Electroneurografía – Electromiografía:

    Prioridad 1- Cuadros clínicos de presentación aguda o subaguda, progresivos en semanas o 1-3 meses, en los que por la sospecha clínica, se puede intuir que el retraso en su diagnóstico o tratamiento, pueda producir un daño mayor al paciente que la posible exposición al ambiente hospitalario controlado según estas recomendaciones. Ej: dificultades respiratorios o síndromes bulbares que no han requerido ingreso, sospechas de enfermedades de placa neuromuscular que no han requerido ingreso, sospecha ELA, CIDP, mononeuritis múltiple, plexopatía, mononeuropatías traumáticas, miopatías inflamatorias, otras.

    Prioridad 2- Cuadros de presentación crónica en varios meses o años, con síntomas leves, en los que el estudio electrodiagnóstico es confirmatorio del diagnóstico o  tratamiento, pero cuyo retraso no resultará en un daño mayor al paciente que la posible exposición al ambiente hospitalario controlado según estas recomendaciones. Ej: Radiculopatías, polineuropatías longitud=dependiente, enfermedades neuromusculares con diagnóstico genético, pronóstico de la parálisis facial, otros.

    Prioridad 3- Síndrome túnel del carpo.

    Potenciales evocados:

    Prioridad 1- Cuadros clínicos de presentación aguda o subaguda, progresivos en semanas o 1-3 meses, en los que por la sospecha clínica, se puede intuir que el retraso en su diagnóstico o tratamiento, pueda producir un daño mayor al paciente que la posible exposición al ambiente hospitalario controlado según estas recomendaciones. Ej: neuritis óptica, screening auditivo infantil, diagnóstico de trastornos visuales infantiles, sospechas de enfermedad desmielinizante, sospecha de mielopatías subagudas que no hayan requerido ingreso, otras.

    Prioridad 2- Cuadros de presentación crónica en varios meses o años, con síntomas leves, en los que el estudio electrodiagnóstico es confirmatorio del diagnóstico o tratamiento, pero cuyo retraso no resultará en un daño mayor al paciente que la posible exposición al ambiente hospitalario controlado según estas recomendaciones. Ej- trastornos visuales, auditivos, somatosensitivos o motores crónicos.

  7. Debe cuidarse en extremo la posibilidad de acumulación de pacientes en las salas de espera, ajustando correctamente los tiempos de consulta y de ejecución de las pruebas. 
  8. Respecto a las pruebas neurofisiológicas que impliquen ingreso hospitalario (Video-EEG de larga duración, videopolisomnografía por ejemplo), puede plantearse su reintroducción en la primera fase de desescalada en hospitales sin pacientes COVID-19 (“limpios”) o en hospitales con circuitos COVID-19 bien diferenciados, cuyas áreas de ingreso para la realización de estas pruebas estén fuera del circuito COVID-19, siempre que las tendencias de la pandemia sean a la baja y así lo recomienden las autoridades competentes. No deberían realizarse de momento estas pruebas, en hospitales que tengan pacientes COVID-19 ingresados y se reintroducirán según la evolución del número de los mismos en el hospital y de la progresión general de la pandemia en cada población adscrita a ese hospital. En cualquier caso, se valorará siempre de forma individualizada si el retraso en el diagnóstico o tratamiento del paciente, pueda producir un daño mayor al paciente, que la posible exposición al ambiente hospitalario controlado según estas recomendaciones. 
  9. Los hospitales deberán poner a disposición de los facultativos, enfermería y personal auxiliar, todos los medios de protección necesarios (mascarillas preferentemente FFP2, guantes, batas, gorros y patucos de un solo uso; geles hidroalcohólicos; pantallas protectoras y batas plásticas, en caso necesario) para la realización de todas las pruebas diagnósticas neurofisiológicas y al menos mascarillas y guantes para los pacientes que acudan a realizarse las pruebas, así como al único acompañante que se podría admitir, en caso necesario (ej. padres de menores, acompañantes de discapacitados). 
  10. Cada Servicio de Neurofisiología Clínica debe disponer de documentación específica sobre medidas de protección (profesionales y pacientes), así como de medidas de desinfección de equipos y material.  
  11. Para reafirmar la seguridad de los pacientes que acudirán a las consultas externas, sería deseable disponer de un mapa de exposición a COVID-19 de los facultativos, enfermería y personal auxiliar, realizando los test diagnósticos COVID-19 pertinentes, antes de comenzar la actividad ambulatoria. Este mapa debe ser dinámico, de manera que, si un facultativo resulta negativo, se debería repetir los test de manera periódica.

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